Voto num. 20210 de Pleno de Suprema Corte de Justicia

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PÉRDIDAS FISCALES. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 55 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, AL ESTABLECER QUE EL DERECHO A DISMINUIRLAS ES PERSONAL DEL CONTRIBUYENTE QUE LAS SUFRE Y QUE DICHO DERECHO NO PUEDE TRANSMITIRSE A OTRA PERSONA NI COMO CONSECUENCIA DE LA FUSIÓN, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.

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Voto num. 20210 de Pleno de Suprema Corte de Justicia

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PÉRDIDAS FISCALES. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 55 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, AL ESTABLECER QUE EL DERECHO A DISMINUIRLAS ES PERSONAL DEL CONTRIBUYENTE QUE LAS SUFRE Y QUE DICHO DERECHO NO PUEDE TRANSMITIRSE A OTRA PERSONA NI COMO CONSECUENCIA DE LA FUSIÓN, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.

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Voto particular del Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano.

El suscrito disiente del criterio sostenido por este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sentencia dictada en el amparo directo en revisión citado en líneas precedentes, en la cual por aprobación mayoritaria negó la protección de la Justicia Federal solicitada por las empresas quejosas, pues consideró que el artículo 55, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al calificar como personal e intransferible el derecho a disminuir pérdidas no viola la garantía de proporcionalidad tributaria consagrada en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fundamentalmente por las razones siguientes:

a) Dada la mecánica seguida para la fusión de sociedades, particularmente por lo que se refiere a la declaración del cierre del ejercicio por fusión que debe presentar la fusionada en la cual deberá considerar todos los ingresos acumulables, las deducciones autorizadas en su caso, el importe a las actividades exentas desde el inicio del ejercicio hasta el día de la fusión, lo que de alguna manera se traduce en una especie de corte o finiquito llevado a cabo en relación con los derechos y obligaciones que hasta el día previo a la fusión tuvo la fusionada; de tal manera que aquellas cantidades catalogadas como pérdida fiscal que podía ir compensando o amor...

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