Voto de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala

JuezMinistro Atanasio González Martínez.
Fecha de publicación01 Diciembre 1989
Número de registro55
Fecha01 Diciembre 1989
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989, 174
MateriaVoto Particular de la Suprema Corte de Justicia de México,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

Se publica parcialmente la ejecutoria del amparo en revisión 1442/89, con el voto particular del ministro A.G.M., en las páginas 174 y siguientes.



VOTO PARTICULAR. Conforme a lo dispuesto en el artículo 207 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, las copias hacen fe de la existencia de los originales, siempre y cuando no se ponga en duda su exactitud, en cuyo caso debe ordenarse su cotejo con los originales de que se tomaron; y en el caso a estudio ninguna de las autoridades responsables objetaron el valor probatorio de las copias fotostáticas simples, que acompañó la parte quejosa; por tanto considero que a las mismas debe otorgársele valor probatorio y en consecuencia, que dicha parte si acreditó su interés jurídico para promover el juicio de garantías a que este toca se contrae, por lo que se debe entrar al estudio del fondo del asunto.- A.G.M..


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