Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Agosto de 2012 (Tesis num. 1a./J. 14/2012 (9a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2012 (Reiteración))
Número de registro | 160015 |
Número de resolución | 1a./J. 14/2012 (9a.) |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2012 |
Fecha | 01 Agosto 2012 |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 1; Pág. 62 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Constitucional |
La reserva de ley establecida en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la que se previene que la impartición de justicia debe darse en los "plazos y términos que fijen las leyes", responde a la exigencia razonable de ejercer la acción en lapsos determinados, de manera que, de no ser respetados, podría entenderse caducada, prescrita o precluida la facultad de excitar la actuación de los tribunales, lo cual constituye un legítimo presupuesto procesal que no lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva. En este sentido, la indicada prevención otorga exclusivamente al legislador la facultad para establecer plazos y términos razonables para ejercer los derechos de acción y defensa ante los tribunales.
Amparo directo en revisión 1670/2003. Fianzas México Bital, S.A., Grupo Financiero Bital. 10 de marzo de 2004. Cinco votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: M.B.L..
Amparo directo en revisión 988/2009. Muebles y Diseños en Madera Arquitectónicos, S.A. de C.V. 1 de julio de 2009. Cinco votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretaria: D.R.A..
Amparo directo en revisión 1513/2009. J.A.G.V.. 30 de septiembre de 2009. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: J.R.C.D.. Secretaria: D.R.A..
Amparo directo en revisión 801/2012. L.V., S.A. de C.V. 2 de mayo de 2012. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.R.C.D.. Ponente: J.M.P.R.. Secretario: A.A.P. y Puente.
Amparo en revisión 213/2012. Delegado del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. 23 de mayo de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.Z.L. de L.. Ponente: J.M.P.R.. Secretario: J.D. de León Cruz.
Tesis de jurisprudencia 14/2012 (9a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha ocho de agosto de dos mil doce.
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Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
...la garantía de acceso a la justicia prevista en el artículo 17 constitucional. Respalda lo anterior, en lo conducente, la jurisprudencia 1a./J. 14/2012 (9a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Déci......
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Ejecutoria num. 74/2023 de Plenos Regionales, 20-10-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...no lo han ejercitado por ignorar el hecho o la circunstancia que generó el derecho a su ejercicio." 34. Sirve de apoyo la jurisprudencia 1a./J. 14/2012 (9a.), visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XI, agosto de 2012, Tomo 1, página 62, registro d......
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Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-1192-2018), 2018
...48, segundo párrafo de la Ley de Justicia Electoral del Estado de San Luis Potosí. [5] Al respecto, resulta ilustrativa la jurisprudencia 1a./J. 14/2012 (9a.), emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: " ACCESO A LA JUSTICIA. LA FACULTAD DE IMPONER ......
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...partes durante la tramitación de un proceso de cualquier naturaleza. Sobre el particular se estima aplicable la tesis de jurisprudencia 1a./J. 14/2012 (9a.), emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 62, Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 1, ......