Voto de Suprema Corte de Justicia, Pleno

JuezMinistro José Ramón Cossío Díaz
Número de registro43209
Fecha17 Mayo 2019
Fecha de publicación17 Mayo 2019
Número de resolución21/2016
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 66, Mayo de 2019, Tomo I, 304
EmisorPleno

Voto concurrente que formula el M.J.R.C.D. en la acción de inconstitucionalidad 21/2016.


I. Antecedentes


1.En sesión pública celebrada el veintiocho de junio de dos mil dieciocho, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 21/2016, en el sentido de declararla procedente y fundada, así como decretar la invalidez de diversos artículos de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.


II. Razones de disenso


2. Aun cuando voté a favor de la declaratoria de invalidez, me separé de algunas consideraciones que sustentaron la sentencia, por lo siguiente:


3. No comparto la afirmación contenida en el párrafo 39 de la ejecutoria, donde se indica que la investigación inicial, tiene como objetivo recabar datos de prueba para acreditar la acusación. Lo anterior, porque considero que en el caso debió precisarse que la etapa de investigación se divide en dos fases: la investigación inicial y la complementaria, y en el caso de la primera los datos de prueba recabados son para sustentar la imputación y la solicitud de vinculación a proceso; mientras que los medios de prueba que se recaben en la segunda fase, sí serán para sustentar la acusación.


4. Por otra parte, estimo que el análisis de la acción de inconstitucionalidad debe efectuarse sólo a la luz del artículo 73 de la Constitución Federal y no en relación con lo que disponga el Código Nacional de Procedimientos Penales.


5. Por lo expuesto, aun cuando estoy de acuerdo con el sentido de la decisión, me separo de las consideraciones apuntadas.


Nota: El presente voto también aparece publicado en el Diario Oficial de la Federación de 19 de marzo de 2019.

Este voto se publicó el viernes 17 de mayo de 2019 a las 10:22 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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