Ejecutoria,

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro403
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo I, Primera Parte-2, Enero-Junio de 1988, 434
MateriaSuprema Corte de Justicia de México

Se publica parcialmente la resolución, con el voto particular del ministro G.G.O..


Nota: La resolución que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo I, Primera Parte-2, enero a junio de 1988, corresponde al incidente de inejecución de sentencia 2/83 y no al incidente de inconformidad 2/83.


CONSIDERANDO:


PRIMERO.- Esta Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente incidente de inejecución, de acuerdo con lo dispuesto en el punto segundo del acuerdo plenario número 2/88 diecinueve de enero de mil novecientos ochenta y ocho, punto primero, fracción IV, del acuerdo plenario 1/88 de esa misma fecha, en relación con el artículo 105 párrafo segundo, de la Ley de Amparo, ya que se está en presencia de un incidente de inejecución de sentencia que un Tribunal Colegiado remitió a esta Suprema Corte después de haber determinado que se había incurrido en la inejecución pretendida.


SEGUNDO.- Es conveniente hacer referencia a que con posterioridad al auto de nueve de noviembre de mil novecientos ochenta y dos dictado por el P. del Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo, por el que determinó remitir el expediente a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de que se resolviera lo que correspondiera en relación al incumplimiento por parte de la autoridad responsable de la ejecutoria dictada por el referido Tribunal, tuvieron lugar las siguientes actuaciones:


a). Acuerdo de veintidós de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, dictado en los términos siguientes: "México, Distrito Federal, a veintidós de noviembre de mil novecientos ochenta y dos.- Visto lo de cuenta: agréguense a sus autos el oficio 6812 del J. de la Sección de Amparos de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y copia certificada que al mismo se acompaña para los efectos legales a que haya lugar y cúmplase con lo mandado en acuerdo de nueve de los corrientes.- Así lo acordó y firma el Magistrado C.E.M., P. del Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo. Doy Fe.".


El oficio precisado en esa ejecutoria a la letra dice: "ASUNTO: SE COMUNICA CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIA.- QUEJOSO: BIENES Y RAICES LA CONSTANCIA, S.A. , DT-952/81.- Me permito informar a usted, para todos los efectos legales a que hubiera lugar que se ha dado cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el presente juicio de amparo, turnando los autos al C...

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