Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 2007 (Tesis num. 336 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Reiteración))

Número de registro389789
Número de resolución336
Fecha de publicación01 Junio 2007
Fecha01 Junio 2007
Localizador7a. Época; Pleno; Ap. 1995; Tomo I, Parte SCJN; Pág. 309
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional
EmisorPleno

Si bien es cierto que de conformidad con lo establecido por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución las contribuciones deben reunir los requisitos de proporcionalidad y equidad, sin embargo, no se puede estimar que el aumento considerable en el monto del impuesto sobre tenencia y uso de automóviles, establecido en la fracción I, del artículo 15 de la Ley que Establece, Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 31 de diciembre de 1982, se aparte de esas características, pues en la determinación de un impuesto son múltiples los factores que se deben tener en cuenta, como la capacidad contributiva, las necesidades colectivas que deben satisfacerse, la redistribución de riqueza, etc., por lo que el que un impuesto sea elevado, incluso considerablemente, de un año a otro, no significa necesariamente que se incurra en violación al artículo 31, fracción IV, de la Constitución.

Séptima Epoca:


Amparo en revisión 3896/83. C., S. A. de C. V. y coags. 7 de agosto de 1984. Unanimidad de diecinueve votos.


Amparo en revisión 8952/83. M.C.Q.V.. 12 de febrero de 1985. Unanimidad de dieciséis votos.


Amparo en revisión 8953/83. M.C.Q.V.. 12 de febrero de 1985. Unanimidad de dieciséis votos.


Amparo en revisión 6456/83. L.F.Z.S.. 12 de marzo de 1985. Unanimidad de quince votos.


Amparo en revisión 5626/84. C.M.M. y coags. 16 de abril de 1985. Unanimidad de dieciséis votos.

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