Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 3 de Febrero de 2017 (Tesis num. 2a./J. 3/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 03-02-2017 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2013591 |
Número de resolución | 2a./J. 3/2017 (10a.) |
Fecha de publicación | 03 Febrero 2017 |
Fecha | 03 Febrero 2017 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 3/2017 (10a.) |
Si bien el artículo 33, párrafo segundo, de la Ley Federal del Trabajo señala que todo convenio o liquidación, para ser válido, será ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para su aprobación, también es verdad que ello no constituye un requisito de validez del convenio de antigüedad o liquidación signado fuera del juicio laboral, sino que se trata de una cuestión potestativa para las partes, quienes pueden acudir ante la Junta para su ratificación, a fin de que ésta analice si existió renuncia de derechos en perjuicio del trabajador; lo anterior, en la inteligencia de que, de ratificarse y aprobarse, serán inimpugnables vía acción de nulidad en lo que se refiere al tema de irrenunciabilidad de derechos por tratarse de un aspecto analizado por la Junta; en cambio, de no ratificarse serán impugnables vía acción de nulidad para que la autoridad laboral analice si existió renuncia de derechos en perjuicio del trabajador.
Contradicción de tesis 255/2016. Entre las sustentadas por el entonces Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (actual Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito) y el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, J.. 16 de noviembre de 2016. Mayoría de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S. y A.P.D.. Disidente: M.B.L.R.. Ponente: J.L.P.. Secretario: O.J.F.D..
Tesis y criterio contendientes:
Tesis de rubro: "CONVENIO O LIQUIDACIÓN EN MATERIA LABORAL. NO CONSTITUYE UN REQUISITO DE VALIDEZ SU RATIFICACIÓN ANTE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.", aprobada por el Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, y publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, T.V., noviembre de 1991, página 192, y
El sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, J., al resolver el amparo directo 184/2016 (cuaderno auxiliar 466/2016).
Tesis de jurisprudencia 3/2017 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal en sesión privada del once de enero de dos mil diecisiete.
Esta tesis se publicó el viernes 03 de febrero de 2017 a las 10:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del martes 07 de febrero de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Voto particular num. 1/2022 de Plenos de Circuito, 08-07-2022 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...la seguridad jurídica de ambas partes, pues como ha considerado esta Segunda Sala en las tesis jurisprudenciales 2a./J. 167/2016 (10a.) y 2a./J. 3/2017 (10a.), si bien el hecho de que acudan ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje a efecto de ratificar los convenios, aun cuando no conll......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...y no surtiría efecto jurídico alguno. • Lo anterior conforme a las jurisprudencias 2a./J. 17/2015 (10a.), 2a./J. 167/2016 (10a.) y 2a./J. 3/2017 (10a.), de rubros: "CONVENIO LABORAL SANCIONADO POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. ES IMPROCEDENTE EL PLANTEAMIENTO DE NULIDAD FORMULADO EN......
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Ejecutoria, Plenos de Circuito
...la invalidez o nulidad del propio convenio. Ello conforme a las jurisprudencias 2a./J. 17/2015 (10a.),(21) 2a./J. 167/2016 (10a.)(22) y 2a./J. 3/2017 (10a.),(23) todas emitidas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del contenido literal siguiente: "CONVENIO LABOR......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-07-2019 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1091/2019)
...2a./J. 105/2003, 2a./J. 162/2006, 2a./J. 195/2008 Y 2a./J. 1/2010).’. ÁMBITO TEMPORAL DE APLICACIÓN.”; y la jurisprudencia 2a./J. 3/2017, de rubro: “LIQUIDACIONES Y CONVENIOS DE ANTIGÜEDAD SIGNADOS FUERA DEL JUICIO LABORAL. PARA SU VALIDEZ, LAS PARTES NO TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ACUDIR ANTE ......
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Convenios laborales fuera del juicio laboral. Las partes no tienen obligación de ratificarlos ante la JCA. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN
...33 del mismo ordenamiento, situación que ha generado controversia. En este sentido, la Segunda Sala de la SCJN emitió la jurisprudencia 2a./J. 3/2017 (10a.) en la que dispone que si bien el artículo 33, párrafo segundo, de la LFT señala que todo convenio o liquidación, para ser válido, será......