Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 27 de Octubre de 2017 (Tesis num. 2a./J. 135/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 27-10-2017 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2015379 |
Número de resolución | 2a./J. 135/2017 (10a.) |
Fecha de publicación | 27 Octubre 2017 |
Fecha | 27 Octubre 2017 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común, Administrativa |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 135/2017 (10a.) |
Es improcedente conceder la suspensión contra los efectos y consecuencias de la aplicación del artículo 28, fracción XXX, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente a partir del 1 de enero de 2014, toda vez que al señalar expresamente que no serán deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos, de concederse la suspensión para que se permita a los contribuyentes seguir deduciendo esas prestaciones como lo venían haciendo antes de que entrara en vigor dicha norma, se estaría constituyendo un derecho a su favor que no tenían, lo cual sólo es propio de lo que se resuelva de fondo en el juicio de amparo.
Contradicción de tesis 390/2016. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Cuarto del Tercer Circuito y Cuarto del Segundo Circuito, ambos en Materia Administrativa, y Primero en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito. 2 de agosto de 2017. Cinco votos de los Ministros A.P.D., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y E.M.M.I.P.: A.P.D.. Secretario: F.G.S..
Criterios contendientes:
El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 307/2015, el sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 407/2015, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el incidente de suspensión (revisión) 548/2015.
Tesis de jurisprudencia 135/2017 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del seis de septiembre de dos mil diecisiete.
Esta tesis se publicó el viernes 27 de octubre de 2017 a las 10:37 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 30 de octubre de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Sentencia con número de expediente 528/2022. Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-06-08
...y, por otra, agilizar los procesos de fiscalización, reduciendo sus plazos y costos de operación.”. Igualmente, la jurisprudencia 2a./J. 135/2017 (10a.),8 de la Registro digital: 2015379; Instancia: Segunda Sala; Décima Época; Materias(s): Común, Administrativa; Fuente: Gaceta del Semanario......
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Jurisprudencia segunda sala
...28, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014, ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN. (2a./J. 135/2017 (10a.)) S.J.F. X Época. Libro 47. T. II. 2a. Sala, octubre de 2017, p. REVISIÓN FISCAL. EL SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN ......