Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 30 de Agosto de 2019 (Tesis num. 1a./J. 11/2019 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 30-08-2019 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2020513 |
Número de resolución | 1a./J. 11/2019 (10a.) |
Fecha de publicación | 30 Agosto 2019 |
Fecha | 30 Agosto 2019 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Penal,Derecho Penal |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a./J. 11/2019 (10a.) |
El artículo 146, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala que, por regla general, los Magistrados Unitarios están impedidos para conocer del recurso de apelación cuando hubieran sido Jueces o Magistrados del mismo asunto en otra instancia. Dicho artículo solamente prevé una excepción a esa regla: cuando el Magistrado Unitario que debe resolver el recurso de apelación contra la sentencia definitiva, haya conocido de algún recurso contra los autos a los que se refieren las fracciones II a IX del artículo 367 del Código Federal de Procedimientos Penales. Ahora bien, la fracción XVI referida debe interpretarse de forma restrictiva, toda vez que a través de ella se trata de evitar escenarios en los que pueda ponerse en riesgo la objetividad e imparcialidad de los jueces. En este sentido, el solo hecho de que un Magistrado revise en apelación una resolución cuya legalidad depende de otras determinaciones procesales en las que éste intervino como Juez de Primera Instancia, puede generar incertidumbre sobre su imparcialidad y respecto a la posibilidad de que se vea inclinado a confirmar –aun indirectamente– sus propias determinaciones, aunque hayan sido meramente de trámite. Por tanto, se estima que la causal de impedimento referida sí es aplicable cuando un Magistrado Unitario de Circuito conoce de un recurso de apelación interpuesto en un proceso penal federal, del que conoció cuando se desempeñaba como Juez de Distrito, aunque solamente hubiera dictado autos de mero trámite o practicado diligencias.
Contradicción de tesis 94/2018. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito y el entonces Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, actual Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito. 31 de octubre de 2018. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por la competencia. Disidente: J.R.C.D.. Mayoría de tres votos en cuanto al fondo, de los Ministros A.Z.L. de L., J.R.C.D. y N.L.P.H., quien reservó su derecho para formular voto concurrente. Disidentes: J.M.P.R., quien reservó su derecho para formular voto particular y A.G.O.M.. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: J.I.M.S..
Tesis y/o criterios contendientes:
El emitido por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, al resolver el impedimento 4/2018, sostuvo que se actualizaba la causal de impedimento a que se refiere la fracción XVI del artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, cuando un Magistrado Unitario de Circuito hubiera sido Juez de Distrito en el mismo asunto y dictado acuerdos de trámite o practicado diligencias en el correspondiente proceso. Lo anterior, ya que su imparcialidad puede verse influenciada por el conocimiento previo que tuvo del asunto.
El emitido por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, al resolver el impedimento 6/2012, del que derivó la tesis aislada II.2o.P.1 (10a.), de rubro: "IMPEDIMENTO. ES INFUNDADO EL PLANTEADO POR EL MAGISTRADO DE UN TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO PARA CONOCER DEL RECURSO DE APELACIÓN PROMOVIDO CONTRA UNA RESOLUCIÓN DE FONDO EN MATERIA PENAL, SI SOLAMENTE INTERVINO COMO JUEZ EN DETERMINACIONES DE TRÁMITE Y NO DE FONDO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XI, Tomo 2, agosto de 2012, página 1786, con número de registro digital: 2001343.
El emitido por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, actual Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito, al resolver el impedimento 8/2009, del que derivó la tesis aislada XX.2o.97 P, de rubro: "IMPEDIMENTO. ES INFUNDADO EL PLANTEADO POR EL AHORA MAGISTRADO DEL TRIBUNAL UNITARIO PARA CONOCER DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA LA SENTENCIA DE FONDO EN UN JUICIO PENAL, SI INTERVINO COMO JUEZ EN EL TRÁMITE DE LA CAUSA EN PRIMERA INSTANCIA CALIFICANDO DE LEGAL LA DETENCIÓN DEL INCULPADO, ADMITIENDO Y DESAHOGANDO PRUEBAS, PERO SIN HABER RESUELTO LA SITUACIÓN JURÍDICA NI DICTADO DICHA RESOLUCIÓN DE FONDO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, agosto de 2009, página 1615, con número de registro digital: 166649.
Tesis de jurisprudencia 11/2019 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de trece de febrero de dos mil diecinueve.
Esta tesis se publicó el viernes 30 de agosto de 2019 a las 10:38 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 02 de septiembre de 2019, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-ASA-0001-2022-Inc3), 2022
...Lo anterior es congruente con lo determinado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su jurisprudencia 1a./J. 11/2019 (10a.) con rubro IMPEDIMENTOS EN EL RECURSO DE APELACIÓN PENAL. SE ACTUALIZA LA CAUSAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 146, FRACCIÓN XVI, DE LA LEY ORGÁN......
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Sentencia con número de expediente 9/2023. Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo, 2023-04-12
...en torno a si existe un riesgo de que el asunto de origen se resuelva parcialmente. 38. Aunado a lo anterior, en la jurisprudencia 1a./J. 11/2019, la Primera Sala del Alto Tribunal razonó que los magistrados Unitarios están impedidos para conocer del recurso de apelación cuando hubieran sid......
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Sentencia con número de expediente 10/2023. Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo, 2023-04-17
...en torno a si existe un riesgo de que el asunto de origen se resuelva parcialmente. 39. Aunado a lo anterior, en la jurisprudencia 1a./J. 11/2019, la Primera Sala del Alto Tribunal razonó que los magistrados Unitarios están impedidos para conocer del recurso de apelación cuando hubieran sid......
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Sentencia con número de expediente 7/2023. Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo, 2023-03-03
...en torno a si existe un riesgo de que el asunto de origen se resuelva parcialmente. 40. Aunado a lo anterior, en la jurisprudencia 1a./J. 11/2019 (10a.) la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razonó que los Magistrados Unitarios están impedidos para conocer del recurs......