Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 4 de Septiembre de 2020 (Tesis num. 2a./J. 20/2020 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 04-09-2020 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2022078 |
Número de resolución | 2a./J. 20/2020 (10a.) |
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2020 |
Fecha | 04 Septiembre 2020 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Constitucional |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 20/2020 (10a.) |
Tras la reforma al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983, en la que el Constituyente elevó a rango constitucional el derecho de protección al consumidor, el legislador estableció reglas para su protección y mejor defensa de sus intereses, lo cual responde a la situación de desventaja en que se encuentra como individuo aislado frente a los actores con los que interactúan en la dinámica del mercado, por lo que las relaciones de consumo, dada su naturaleza, regulan a sujetos no comparables; por tanto, el artículo 112 de la Ley Federal de Protección al Consumidor no transgrede los artículos 1o. y 17 constitucionales, dado que no viola el principio de igualdad procesal al otorgar sólo al consumidor la posibilidad de justificar su inasistencia a la audiencia de conciliación, previamente a la imposición de alguna sanción, pues esto responde a la situación de desventaja descrita, por lo que ante sujetos que no se encuentran en igualdad de circunstancias, es válido que el legislador estableciera una diferencia de trato.
Contradicción de tesis 485/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Quinto en Materia Administrativa del Tercer Circuito y Décimo Segundo en Materia Administrativa del Primer Circuito. 6 de febrero de 2020. Cinco votos de los Ministros A.P.D., L.M.A.M., J.F.F.G.S., Y.E.M. y J.L.P.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretarios: R.F.J. y D.C.R.L..
Tesis y criterio contendientes:
El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 26/2017, el cual dio origen a la tesis aislada número III.5o.A.64 A (10a.), de título y subtítulo: “PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. EL ARTÍCULO 112, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER LA POSIBILIDAD DE JUSTIFICAR LA INASISTENCIA A LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN SÓLO AL RECLAMANTE, VIOLA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LAS PARTES EN EL PROCESO Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA.”, publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 22 de junio de 2018 a las 10:28 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 55, Tomo IV, junio de 2018, página 3118, con número de registro digital: 2017266; y,
El sustentado por el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 150/2019.
Tesis de jurisprudencia 20/2020. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de febrero de dos mil veinte.
Esta tesis se publicó el viernes 04 de septiembre de 2020 a las 10:13 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 07 de septiembre de 2020, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 16/2019.-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-07-2022 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 197/2022)
...para realizar dicha protección”. Registro digital: 2022078; Instancia: Segunda Sala; Décima Época; Materias(s): Constitucional; Tesis: 2a./J. 20/2020 (10a.); Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 78, Septiembre de 2020, Tomo I, página 524; T.: Jurisprudencia. De títu......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-09-2020 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 790/2020)
...Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Publicación: viernes 04 de septiembre de 2020 10:13 h. Materia(s): (Constitucional) Tesis: 2a./J. 20/2020 Existiendo así, criterio de carácter obligatorio y orientador para su aplicación, y por tanto la resolución de este asunto no atañe caracter......
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Ejecutoria num. 197/2022 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 02-12-2022 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN)
...presidenta de la Sala y la Ministra ponente, con el secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. Nota: Las tesis de jurisprudencia 2a./J. 20/2020 (10a.), 1a./J. 125/2017 (10a.), 1a./J. 103/2017 (10a.), 1a./J. 90/2017 (10a.), P./J. 9/2016 (10a.), 1a./J. 37/2014 (10a.), 1a./J. 22/2014 (10a.) ......