Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro382577
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

El artículo 123 constitucional, en su fracción XII, faculta a los patronos para cobrar a los trabajadores, por las casas que les alquilen, rentas que no excedan del seis por ciento del capital invertido en la construcción de dichas casas; pero ese precepto no autoriza, en manera alguna, a que se exija y obtenga ningún otro pago, a cargo de los mismos trabajadores, por concepto distinto; por lo si se les hace un descuento adicional por concepto de contribuciones de las casas que ocupan, tal descuento es ilegal, con tanta más razón, cuanto que no existe motivo alguno para considerar ese descuento como pago de la renta de dichas casas; pues aun suponiendo que el importe de las rentas, unido al monto de los descuentos que por concepto de contribuciones exigen los ferrocarriles nacionales a sus trabajadores, no excediese del medio por ciento mensual, sobre el valor catastral de las fincas, según lo prevenido en la fracción XII del artículo 123 constitucional, tampoco se justifica que se exija un pago por concepto distinto del único que dicha prevención autoriza; por otra parte, si en los contratos relativos se expresa de una manera terminante, cual es la renta convenida, esa prestación es la única exigible, sin que obste la circunstancia de que en los contratos hayan admitido los trabajadores, que se les hiciesen otros descuentos, por concepto de contribuciones, por ser esto contrario a lo prevenido en la citada fracción; y si de los mismos contratos ninguna estipulación especial aparece, acerca de los pagos que por contribuciones complementan el monto de las rentas, es indudable que esa pretensión de parte de la empresa, no ha quedado debidamente acreditada, y en tal virtud, si la Junta falla el conflicto arbitral en el sentido de condenar a la empresa a hacer devolución de las cantidades indebidamente cobradas a los trabajadores afectados, y a suspender, para lo futuro, el cobro de cantidades relativas a contribuciones, está en lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR