Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro381195
MateriaLaboral

El hecho de que un sindicato sea blanco, no es motivo para la cancelación de su registro, puesto que ello no quiere decir que carezca de los requisitos establecidos por el artículo 242 de la Ley Federal del Trabajo, para que, consecuentemente, proceda aquélla, de acuerdo con el artículo 244 de la propia ley; pero debe tenerse en cuenta que estableciendo el artículo 242, los requisitos para el registro de un sindicato, y previniendo el 244, que tal registro se cancelará . . . "II.- Por dejar de tener el sindicato los requisitos que la ley establece", y atento lo dispuesto por el acuerdo la propia ley del trabajo, sobre que: "Sindicato es la asociación de trabajadores o patronos de una misma profesión, oficio o especialidad, o de profesiones, oficios o especialidades similares o conexos, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses", es claro que cuando un sindicato deje de tener como objeto el mejoramiento y defensa de los intereses comunes a los trabajadores sindicalizados, pierde el requisito esencial de su finalidad, y como el artículo 244, en su fracción II, dice que el registro se cancelará: "por dejar de tener (el sindicato), los requisitos que la ley señala", disposición que se refiere a los requisitos en general y no en particular a los señalados por el artículo 242, para el...

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