Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro377354
MateriaLaboral

Debe concederse el amparo que se solicite contra el Tribunal de Arbitraje del Estado de Yucatán, por no haber proveído la demanda presentada por el quejoso en contra del Ejecutivo del mismo Estado, ni haber señalado fecha y hora para la celebración de pruebas, alegatos y sentencia, si aparece de autos que aunque se dio entrada a la demanda y se mandó emplazar al demandado, dicho emplazamiento no ha tenido lugar, lo que ha impedido a la responsable seguir la tramitación que previene el artículo 95 del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado de Yucatán; pues si bien es cierto que conforme a los artículos 89 y 100 del citado estatuto, no es el Tribunal de Arbitraje el encargado de hacer las notificaciones, sino el actuario, que aunque miembro del tribunal, es otra autoridad distinta contra la que no se enderezó el amparo, también es cierto que el tribunal es el superior jerárquico del actuario, y como tal, es responsable...

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