Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro372419
MateriaLaboral

Es cierto que en la ejecutoria que aparece publicada en la página doscientos tres del tomo LXV del Semanario Judicial de la Federación, se establece que en los casos de riesgo profesional el estado de ebriedad de los trabajadores no puede acreditarse con testigos, sino que es indispensable dictámenes periciales que determinen el estado alcohólico. Pero este precedente de jurisprudencia no puede extenderse al caso de que se trata, pues, en la especie, se dio como causa del despido del trabajador el hecho de que este se presentaba en estado de ebriedad a sus labores, e injuriaba a sus compañeros en tales ocasiones, pues la ingestión de bebidas alcohólicas y la alteración orgánica que ellas producen, es susceptible de percibirse por medio de los sentidos, sin necesidad de recabar opiniones técnicas sobre el particular, con mayor razón, si la excitabilidad producida por el alcohol se traduce en actos objetivos como eran las injurias que dirigía el quejoso a sus...

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