Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro372020
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

El obrero que adquiere un padecimiento profesional al servicio de un patrón, que le origina cierta incapacidad de la total permanente, que le es reconocida por ese propio patrón e indemnizada debidamente, si se separa de sus labores, sea por suspensión temporal de su contrato de trabajo, o por rescisión del mismo, tiene derecho, dentro del plazo que señala el artículo 307 de la Ley Federal del Trabajo a una revisión del convenio relativo, por agravación o atenuación de la incapacidad producida por el riesgo; pero cuando continúa laborando, es indudable que el susodicho patrón, al admitirlo en su servicio con la incapacidad indemnizada, de antemano acepta las responsabilidades inherentes al riesgo, es decir, tácitamente asume la obligación de pagar una nueva indemnización, si hay agravación en el padecimiento del trabajador, porque reconociendo su incapacidad, está anuente a responder de los resultados que sobrevengan al obrero, con motivo de la continuidad de sus servicios, en medio idéntico al en que laboraba. En este último caso, el trabajador afectado tiene la acción que determina el artículo 302 de la ley relativa; pero si no...

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