Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro370416
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

No opera en el caso la causal de improcedencia del amparo propuesta por los terceros perjudicados, en el sentido de que transcurrió el término a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo; porque este precepto legal expresa tres medios de conocimiento del acto reclamado; el primero, es un acto de autoridad, consistente en notificar el reclamado; el segundo, consiste en la captación de éste, por el propio quejoso, y, el tercero, en la manifestación que el mismo quejoso hace de conocerlo. De la simple comparación de estos tres medios de conocimiento, resalta la preeminencia del primero, porque es una actuación judicial, porque como tal actuación, hace prueba plena y porque esta plenitud hace de la notificación del punto de partida mas seguro para computar el término. No se diga para destruir, sino tan sólo para menoscabar la fuerza de una notificación, sería necesaria otra prueba mayor o siquiera de igual fuerza. Ahora bien, el caso que nos ocupa queda comprendido en el segundo medio de conocimiento; pero ni siquiera en sentido directo sino contrario sensu, ya que la parte demandada, o sea la recurrente, trata de probar que el apoderado de la parte actora tuvo conocimiento del acto reclamado, antes de la notificación personal del mismo, y debe aclararse que en autos aparece una notificación en el sentido de que estando presente en el grupo, dicho apoderado, al proceder a notificársele la resolución reclamada, se negó terminantemente, a darse por notificado y a recibir el instructivo correspondiente, en el que se transcriben los puntos resolutivos de dicha resolución, agregándose que el instructivo se adhiere al expediente para constancia; y como la parte demandada, o sea, la recurrente, no objetó la autenticidad de esta actuación judicial, ni su contenido, sino que pretende destruir su fuerza por medio de una prueba testimonial tendiente a probar que el representante de los actores estuvo en la Junta en fecha anterior y que tuvo conocimiento del acto reclamado; debe decirse que estos hechos, aun...

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