Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro366628
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Si bien es cierto que de conformidad con las cláusulas 6 y 116 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado por los Ferrocarriles Nacionales de México con sus trabajadores, no es un requisito necesario para la utilización de los servicios de un trabajador, el examen médico previo a su admisión, ya que las mismas consideran la posibilidad de aceptar a un obrero condicionalmente, a reserva de que se practique posteriormente el examen médico, también lo es que si un trabajador desea prestar sus servicios a la empresa como extra o definitivo, y al practicársele el reconocimiento médico previo a su admisión, se le encuentra cualquier incapacidad, la empresa puede rechazarlo sin responsabilidad alguna, puesto que aún no se ha celebrado el contrato de trabajo y, en estas condiciones, basta la simple voluntad de la compañía para no aceptar los servicios de algún elemento que por diversas razones deje de convenirle. En cambio, si el trabajador ha sido aceptado a reserva del examen que posteriormente se le practique, es indudable que ya se ha celebrado...

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