Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro277137
MateriaLaboral

El artículo 80 de la Ley del Seguro Social señala de manera expresa y limitativa los casos en que la viuda no tendrá derecho a la pensión que establecen los artículos respectivos, y ninguna de sus fracciones indica que carece de ese derecho cuando la pensión otorgada al marido haya sido conforme a la tabla reducida, y es principio de derecho que donde la ley no distingue, no debe distinguirse. Además, no existe razón legal ni menos humana para establecer un trato desigual para los causahabientes de los favorecidos con pensión de vejez, tan sólo porque en algunos casos el asegurado por su avanzada edad queda exento de justificar el pago de quinientas cotizaciones, a cambio de recibir una pensión reducida. El caso excepcional a que se contrae el artículo 4o., transitorio, del decreto de tres de febrero de mil novecientos cuarenta y nueve, consiste precisamente en que el trabajador asegurado, al cumplir sesenta y cinco años de edad, recibe no la pensión de vejez con los alcances de...

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