Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro244954
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 159, fracción III, de la Ley de Amparo, las Juntas de Conciliación y Arbitraje violan las leyes del procedimiento cuando una prueba confesional no es recibida de acuerdo a la ley, puesto que ningún dispositivo legal confiere autorización para que, por economía procesal, una prueba confesional que fue propuesta para que se absolviera por varias personas, se acepte exclusivamente en la persona de una de ellas.

Amparo directo 10048/68. Compañía Industrial Azucarera, S.A. 25 de abril de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.Y.R..

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