Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro244752
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La cláusula 139 de la contratación colectiva contempla dos situaciones; la primera es la de que después de noventa días de la creación de un puesto, turno, corrida o rama de servicios, se considerará definitivo a menos que tal puesto sea para obra determinada o haya sido convenido como temporal entre empresa y sindicato, y la segunda es la de que cuando un puesto sea suprimido antes de noventa y un días de haberse creado y vuelva a serlo dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la fecha de la supresión, se considerará definitivo, si los períodos en que existió suman más de noventa días. Así, si en un caso, se está en presencia de la segunda de las posibilidades...

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