Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242631
MateriaLaboral

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 159 de la Ley Federal del Trabajo, no se requiere proposición sindical para cubrir la vacante a un puesto de categoría superior por un trabajador de planta, aun cuando dicho puesto sea de nueva creación y la sección sindical invoque el artículo 395 de la Ley Federal del Trabajo y la cláusula 4 del contrato colectivo de los trabajadores petroleros, la cual establece que "en los casos de vacantes definitivas o puestos de nueva creación de Pemex, éste los cubrirá por conducto del sindicato", pues dicha cláusula debe interpretarse en el sentido de que los puestos a que hace referencia son los de la última categoría en el escalafón departamental correspondiente, ya que de otra manera se violarían los derechos adquiridos por los trabajadores de planta existentes en la empresa.

Amparo directo 1568/84. Sección 35 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 25 de agosto de 1986...

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