Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro805903
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Interpretando el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, se ha dicho que es necesaria la promoción de los reclamantes en los términos del mismo precepto legal, desde la audiencia de conciliación hasta los alegatos; por lo que de no formularla dentro del plazo de tres meses por falta de manifiesta inactividad procesal, se hacen acreedores a la sanción que determina el susodicho artículo 479. Por tanto, si en el caso el estado en que se hallaba el juicio de trabajo, era el de desahogo de pruebas ofrecidas, era necesaria promoción de la parte actora para la continuación del procedimiento, por lo que debe confirmarse la sentencia del inferior que concede el...

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