Tesis Aislada, (Tesis num. 489 de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro916927
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

El artículo 481 de la Ley Federal del Trabajo permite a los trabajadores proponer sus demandas en contra de las personas que resulten afectadas por la resolución que se dé al conflicto existente entre ellas, y faculta a la Junta para llamar al juicio a esas personas, siempre y cuando resulte de las actuaciones la situación referida; pero hay que tener en cuenta que es elemental requisito, en materia procesal, que sean llamadas a juicio las personas a quienes pretende exigirse el cumplimiento de una obligación, para que los tribunales puedan imponerles el cumplimiento de la misma, pues, de lo contrario, se violarían en su perjuicio las garantías otorgadas por los artículos 14 y 16 constitucionales; por lo que si la actora en un juicio de trabajo, en lugar de presentar su reclamación en contra de la sociedad a quien prestaba sus servicios, la endereza en contra de unos de los componentes de esa misma sociedad, con quien no tenía relación alguna de trabajo, debe estimarse fundado el concepto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR