Tesis, (Tesis num. 78 (H) de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro916434
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La prescripción de la acción de reinstalación no se encuentra comprendida entre los casos de excepción a que se refiere el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, sino en la regla general fijada en el artículo 86 del mismo estatuto, que establece que las acciones que nazcan de la ley, del nombramiento otorgado en favor de los trabajadores y de los acuerdos que fijan las condiciones generales de trabajo, prescriben en un año.

Quinta Época:


Amparo en revisión 8207/44.-Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.-5 de diciembre de 1945.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: A.I.B..-Relator: A.I.B..


Amparo directo 396/47.-M.L. Enrique.-11 de marzo de 1949.-Unanimidad de cuatro...

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