Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. P./J. 32/2010 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-03-2010 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 165120 |
Número de resolución | P./J. 32/2010 |
Fecha de publicación | 01 Marzo 2010 |
Fecha | 01 Marzo 2010 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 2501 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional |
Conforme al artículo 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la acción de inconstitucionalidad constituye un medio de control abstracto promovido en interés de la regularidad constitucional, y no para salvaguardar derechos propios de quien la ejerce o de una persona determinada, pues acorde con la jurisprudencia P./J. 129/99 del Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. LAS PARTES LEGITIMADAS PARA PROMOVERLA SÓLO ESTÁN FACULTADAS PARA DENUNCIAR LA POSIBLE CONTRADICCIÓN ENTRE UNA NORMA GENERAL Y LA PROPIA CONSTITUCIÓN.", al ser un tipo especial de procedimiento constitucional en el que, por su propia y especial naturaleza, no existe contención, las partes legitimadas para promoverla no ejercen la acción para deducir un derecho propio o para defenderse de los agravios que eventualmente les pudiera causar una norma general, por lo que el estudio correspondiente debe hacerse contrastando las normas impugnadas con la Constitución General de la República, desatendiendo las afectaciones a personas en concreto, ya que este tipo especial de control constitucional no constituye una vía para deducir derechos particulares. Por tanto, los conceptos de invalidez encaminados a salvaguardar derechos de particulares concretos deben calificarse de inoperantes, máxime que dicha conclusión no genera desprotección jurídica, pues en el supuesto de que alguna persona resienta afectación a su esfera de derechos, tiene medios legales adecuados para reclamarla.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 52/2009 y su acumulada 53/2009. Procurador General de la República y Partido del Trabajo. 12 de noviembre de 2009. Once votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: Guadalupe de la Paz V.D. y E.D.D..
El Tribunal Pleno, el diecisiete de marzo en curso, aprobó, con el número 32/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diecisiete de marzo de dos mil diez.
Nota: La tesis P./J. 129/99 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, noviembre de 1999, página 791.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-10-2011 (IMPEDIMENTO 16/2011-CC)
...2 Así se ha sostenido por este Tribunal Pleno en diversas ejecutorias, resultando ilustrativas las tesis de jurisprudencia P./J. 129/99 y P./J. 32/2010, cuyos rubros son: "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. LAS PARTES LEGITIMADAS PARA PROMOVERLA SÓLO ESTÁN FACULTADAS PARA DENUNCIAR LA POSIBLE ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-03-2014 (IMPEDIMENTO 3/2014-CA)
...este Tribunal P. en diversas ejecutorias; incluso, se sostuvo que al respecto resultan ilustrativas las jurisprudencias P./J. 129/99 y P./J. 32/2010, de rubros y textos insertos enseguida, bajo el orden que fueron "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. LAS PARTES LEGITIMADAS PARA PROMOVERLA SÓLO ......
-
Ejecutoria num. 165/2020 Y SUS ACUMULADAS 166/2020 Y 234/2020 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 11-11-2022 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...es objeto de impugnación y análisis en el apartado correspondiente. Apoya lo anterior, la tesis de jurisprudencia de este Tribunal Pleno P./J. 32/2010, de rubro: "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE INVALIDEZ ORIENTADOS A SALVAGUARDAR DERECHOS DE PARTICULARES."(......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-09-2020 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 136/2020)
...por normas generales son los órganos autónomos de protección de derechos humanos. Sustentó su afirmación en las tesis P./J. 129/99 y P./J. 32/2010, de rubros: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. LAS PARTES LEGITIMADAS PARA PROMOVERLA SÓLO ESTÁN FACULTADAS PARA DENUNCIAR LA POSIBLE CONTRADICCIÓ......
-
Reflexiones desde la magistratura constitucional. Verificación de los compromisos de campaña por parte de la autoridad administrativa electoral. Un mecanismo para el fortalecimiento del sistema democrático
...1998, Costa Rica. Touraine, A. (1994). ¿Qué es la democracia?, Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires, Argentina. Tesis: P./J. 32/2010. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SON INOPEANTES LOS CONCEPTOS DE INVALIDEZ ORIENTADOS A SALVAGUARDAR DERECHOS DE PARTICULARES. Jurisprudencia, Materia Con......