Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Agosto de 2010 (Tesis num. P./J. 65/2010 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-08-2010 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 164163 |
Número de resolución | P./J. 65/2010 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2010 |
Fecha | 01 Agosto 2010 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Agosto de 2010; Pág. 6 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal |
El citado precepto señala que los particulares podrán autorizar a un licenciado en derecho para que a su nombre, entre otras cosas, haga promociones de trámite, y dentro de este concepto se encuentra la formulación y presentación del escrito por virtud del cual se desahoga el requerimiento de exhibir los documentos que debieron acompañarse a la demanda en términos del artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Por tanto, sólo el inicio de la acción, marcado por la presentación del escrito de demanda, es exigible directamente al actor (y en su defecto, a su representante legal), pero las irregularidades en su presentación, al ser de índole formal, podrá subsanarlas el autorizado en términos amplios, a quien se conceden facultades tendentes a facilitar los derechos de defensa de quien lo autoriza. Por ello, en el caso de los requisitos previstos en las fracciones I a V del artículo 15 citado, no debe exigirse al autorizado que acredite su condición de licenciado en derecho, habida cuenta que se está en presencia de actos que si bien suponen la satisfacción de un trámite procesal, se traducen únicamente en la entrega material de documentos; en cambio, en el caso de los requisitos previstos en el artículo 15, fracciones VI a IX, el autorizado en términos amplios puede cumplir la prevención respectiva, siempre y cuando en el auto de requerimiento se le reconozca su carácter de licenciado en derecho, ya sea expresa o tácitamente.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 244/2009. Entre las sustentadas por la Primera y la Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 18 de marzo de 2010. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.R.C.D.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: M.B.L..
El Tribunal Pleno, el doce de julio en curso, aprobó, con el número 65/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a doce de julio de dos mil diez.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-03-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 575/2012)
...(estudio realizado a propósito de las facultades del autorizado para desahogar prevenciones), que dio lugar a la jurisprudencia clave P./J. 65/2010, a partir del considerando quinto en su parte conducente realizó una serie de precisiones de carácter doctrinario en torno al derecho de acción......
-
Sentencia Nº 0081/2021 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2021
...la parte actora, aquí recurrente dice que es indebido el desechamiento de la demanda pues no toma en cuenta la jurisprudencia P./J. 65/2010 que establece que los requerimientos relacionados únicamente con la exhibición o entrega material de documentos pueden ser solventados por los autoriza......
-
Sentencia Nº 0081/2021 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2021
...la parte actora, aquí recurrente dice que es indebido el desechamiento de la demanda pues no toma en cuenta la jurisprudencia P./J. 65/2010 que establece que los requerimientos relacionados únicamente con la exhibición o entrega material de documentos pueden ser solventados por los autoriza......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-03-2012 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 411/2012)
...(estudio realizado a propósito de las facultades del autorizado para desahogar prevenciones), que dio lugar a la jurisprudencia clave P./J. 65/2010, a partir del considerando quinto en su parte conducente realizó una serie de precisiones de carácter doctrinario en torno al derecho de acción......
-
Jurisprudencias en materia de defensa fiscal. Conozca las principales que se dictaron en 2010
...FACULTADO PARA DESAHOGAR PREVENCIONES. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXXII, agosto de 2010, tesis P./J. 65/2010, página Según el artículo 5o. de la LFPCA, los particulares demandantes pueden autorizar a un licenciado en derecho para que a su nombre, ent......
-
Código Fiscal de la Federación. IX-P-SS-190
...de la Nación ha interpretado el citado artículo 5, respecto a las facultades del representante legal y los autorizados, en las tesis P./J. 65/2010; 2a./J. 199/2004; 2a. LXV/2012 (10a.) y 2a./J. 67/2020 (10a.), en los términos siguientes: 1) Las promociones de trámite son actos pro- 128 Trib......
-
Pleno
...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO VIGENTE HASTA EL 28 DE ENERO DE 2010. CASOS EN LOS QUE ESTÁ FACULTADO PARA DESAHOGAR PREVENCIONES. (P./J. 65/2010) S.J.F. IX Época. T. XXXII. Pleno, agosto 2010, p. 6 COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES. SU NATURALEZA DE ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA D......