Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Mayo de 2006 (Tesis num. P./J. 51/2006 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-05-2006 (Controversia Constitucional))
Número de registro | 175084 |
Número de resolución | P./J. 51/2006 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2006 |
Fecha | 01 Mayo 2006 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Mayo de 2006; Pág. 1440 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Controversia Constitucional |
Materia | Constitucional |
De acuerdo con las disposiciones legales vigentes en el Estado de Nayarit, la Fiscalía Electoral contra Delitos Electorales forma parte de la estructura orgánica y jerárquica de la Procuraduría de Justicia del Estado, institución que, a su vez, forma parte de la administración pública centralizada dependiente del Ejecutivo. Por su parte, los artículos 69, fracción XII, de la Constitución Estatal y 13 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establecen: "Son facultades y obligaciones del Gobernador: Nombrar y remover libremente a los titulares de las dependencias señaladas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y a los demás servidores públicos cuyo nombramiento no esté encomendado a otras autoridades." y "Corresponde al Gobernador del Estado nombrar y remover libremente a los titulares de las dependencias y de las entidades; ...". Ahora bien, la encomienda a otras autoridades de nombrar y remover a dichos titulares debe consignarla la propia Constitución y conforme al principio de división de poderes establecido en el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que, el Poder Legislativo Estatal no puede, ni a título de colaboración, arrogarse la facultad de designar a funcionarios que se encuentren dentro de la estructura orgánica de otro. Por lo tanto, es evidente que corresponde al Gobernador designar al titular de la Fiscalía de referencia y que los artículos 112 y 112 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Entidad, en cuanto otorgan al Congreso Local la facultad de hacer dicha designación, son violatorios del mencionado artículo 116 constitucional.
PRECEDENTES:
Controversia constitucional 99/2004. Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. 9 de enero de 2006. Once votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: M.S.D..
El Tribunal Pleno, el veintiocho de febrero en curso, aprobó, con el número 51/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de febrero de dos mil seis.
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Ejecutoria num. 101/2015 Y SUS ACUMULADAS 102/2015 Y 105/2015 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 06-08-2021 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...de la resolución de la controversia constitucional 99/2004 en sesión de nueve de enero de dos mil seis, derivó la tesis de jurisprudencia P./J. 51/2006, de rubro: "FISCALÍA CONTRA DELITOS ELECTORALES DEL ESTADO DE NAYARIT. LOS ARTÍCULOS 112 Y 112 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-03-2015 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 81/2013)
...sino que el Poder Legislativo se arroga facultades propias del Poder Ejecutivo local, siendo aplicable lo sostenido en la jurisprudencia P./J. 51/2006, de rubro: “FISCALÍA CONTRA DELITOS ELECTORALES DEL ESTADO DE NAYARIT. LOS ARTÍCULOS 112 Y 112 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-06-2007 ( ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 26/2006 )
...Constitucional Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIII, Mayo de 2006 Tesis: P./J. 51/2006 Página: 1440 “FISCALÍA CONTRA DELITOS ELECTORALES DEL ESTADO DE NAYARIT. LOS ARTÍCULOS 112 Y 112 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DE ESA ......
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Ejecutoria num. 169/2017 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 27-05-2022 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL)
...DE PODERES Y DE AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA JUDICIALES." citadas en esta sentencia, aparecen publicadas con las claves P./J. 81/2004, P./J. 51/2006, P./J. 62/2007, P./J. 92/2007, P./J. 94/2007, P./J. 115/2007 y P./J. 113/2009 en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época......