Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Marzo de 2005 (Tesis num. P./J. 13/2005 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-03-2005 (Controversia Constitucional))

Número de registro179066
Número de resoluciónP./J. 13/2005
Fecha de publicación01 Marzo 2005
Fecha01 Marzo 2005
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Marzo de 2005; Pág. 813
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional

La citada disposición del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, al otorgar a los Consejos Municipales de Desarrollo Rural Sustentable la facultad de aprobar la determinación del monto y el rubro al cual se aplicarán las aportaciones federales provenientes del Ramo 33 -Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, en lo relativo al fondo de aportaciones para la infraestructura productiva rural-, contraviene la fracción I del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues con el otorgamiento de la indicada facultad, dicho órgano se erige en una autoridad intermedia de las prohibidas por el citado precepto constitucional, ya que siendo ajeno a la estructura del Municipio, decide una parte del destino de los recursos que forman parte de la hacienda pública municipal.

PRECEDENTES:

Controversia constitucional 12/2004. Ayuntamiento de Mérida, Estado de Yucatán. 23 de noviembre de 2004. Mayoría de diez votos; votó en contra J.R.C.D.. Ponente: J.R.C.D.. Encargado del engrose: G.D.G.P.. Secretario: M.P.M..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy catorce de marzo en curso, aprobó, con el número 13/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de marzo de dos mil cinco.

3 sentencias

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