Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Julio de 2004 (Tesis num. P./J. 47/2004 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2004 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 181019 |
Número de resolución | P./J. 47/2004 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2004 |
Fecha | 01 Julio 2004 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XX, Julio de 2004; Pág. 5 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Amparo, el plazo de diez días para interponer el recurso de revisión debe contarse "desde el siguiente al en que surta sus efectos la notificación de la resolución recurrida", la que debe entenderse debidamente engrosada, por lo que si el quejoso afirma haber tenido conocimiento de las consideraciones que sustentan la sentencia que se le notificó por lista, hasta que tuvo a su disposición la copia que de la misma solicitó, ello no determinará que el cómputo de mérito inicie a partir del día siguiente al en que se le notificó el acuerdo que ordenó la expedición de tal copia, toda vez que la notificación de la sentencia practicada por lista en términos de los artículos 28 y 29 de la Ley de Amparo, da la oportunidad a las partes de oír la notificación personal al presentarse ante el actuario del Tribunal Colegiado del conocimiento hasta las catorce horas del mismo día en que se fija la lista, por lo que si omite hacerlo, la falta de conocimiento que alega sólo a él le será imputable y le afectará la notificación por lista a partir de que surte sus efectos, con independencia de que queda a su libre albedrío acudir con posterioridad a imponerse del contenido íntegro de dicha sentencia y sin perjuicio de que, en su caso, haga valer el incidente de nulidad para impugnar la irregularidad de la referida notificación.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 10/2004-PL. Entre las sustentadas por la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 22 de junio de 2004. Unanimidad de nueve votos. Ausente: M.A.G.. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: A.G.F..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veinticuatro de junio en curso, aprobó, con el número 47/2004, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veinticuatro de junio de dos mil cuatro.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-01-2005 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 370/2004-PL)
...literal siguiente: “Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XX, Julio de 2004 Tesis: P./J. 47/2004 Página: “REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL PLAZO PARA SU INTERPOSICIÓN EMPIEZA A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SURTE SUS EFECTOS LA N......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 11-06-2008 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 119/2008-PL)
...DE LA SENTENCIA RECURRIDA, Y NO CUANDO SE NOTIFICA AL INTERESADO EL ACUERDO DE EXPEDICIÓN DE LAS COPIAS QUE SOLICITÓ.” (Jurisprudencia P./J. 47/2004. Novena Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XX, julio de 2004. Página: Por otra parte, deb......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-05-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 627/2015)
...Tipo de Tesis: Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XX, Julio de 2004, Materia(s): Común, Tesis: P./J. 47/2004, Página: 5. 12 Novena Época, Tipo de Tesis: Aislada, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVII, Junio de 2003, Mat......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-09-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2327/2015)
...notificación correspondiente, tal notificación es completamente válida. En apoyo a lo anterior, ha de recurrirse por analogía a la tesis P./J. 47/2004 que contiene el criterio que resolvió la contradicción de tesis 10/2004-PL por el Tribunal “REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. EL PLAZO PARA SU INT......