Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Diciembre de 2003 (Tesis num. P./J. 77/2003 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-12-2003 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro182696
Número de resoluciónP./J. 77/2003
Fecha de publicación01 Diciembre 2003
Fecha01 Diciembre 2003
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XVIII, Diciembre de 2003; Pág. 533
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio de que la integración de las Legislaturas Locales, según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, no puede alejarse significativamente de los porcentajes establecidos en la Constitución Federal; sin embargo, en cuanto al tema de la sobrerrepresentación, dichas legislaturas no se encuentran obligadas a considerar como límite de ella el 8% que prevé el artículo 54, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sino únicamente vigilar que el porcentaje que establezcan no se contraponga con los fines y objetivos que se persiguen con el principio de representación proporcional y el valor del pluralismo político, flexibilidad que encuentra su razón en la circunstancia de que la conformación del Congreso Federal difiere sustancialmente de aquélla de los Congresos Locales.

PRECEDENTES:

Acción de inconstitucionalidad 15/2003. Partido de la Revolución Democrática. 23 de septiembre de 2003. Once votos. Ponente: J.N.S.M.. Secretarios: P.A.N.M. y M.A.S.P..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy trece de noviembre en curso, aprobó, con el número 77/2003, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a trece de noviembre de dos mil tres.

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