Tesis Jurisprudencial num. P./J. 150/2001 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Enero de 2002 (Controversia Constitucional)
Emisor: | Pleno |
Número de Resolución: | P./J. 150/2001 |
Localizacion: | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XV, Enero de 2002; Pág. 1040 |
Materia: | Constitucional |
Fecha de Publicación: | 1 de Enero de 2002 |
EDUCACIÓN. LOS ARTÍCULOS 135 Y 137 DE LA LEY RELATIVA DEL DISTRITO FEDERAL INVADEN LA FACULTAD DE REGULAR EL SISTEMA NACIONAL DE CRÉDITOS, REVALIDACIONES Y EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS, QUE CORRESPONDE DE MANERA EXCLUSIVA A LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley General de Educación, se desprende que el Congreso de la Unión confirió a la autoridad educativa federal, de manera exclusiva, la facultad de regular el sistema nacional de créditos, revalidación y equivalencias, y a las autoridades educativas locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, sólo la relativa a revalidar y otorgar equivalencias de estudios, de acuerdo con los lineamientos generales que la autoridad federal expida. En congruencia con lo anterior, resulta inconcuso que los artículos 135 y 137 de la Ley de Educación del Distrito Federal, al regular la revalidación, señalando los niveles en que se otorgará y los requisitos para autorizarla, transgreden la distribución de la función social educativa establecida en la citada ley general, pues invaden las atribuciones que le han sido conferidas, en forma exclusiva, a la autoridad federal educativa.
PRECEDENTES:
Controversia constitucional 29/2000. Poder Ejecutivo Federal. 15 de noviembre de 2001. Once votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: P.A.N.M..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy once de diciembre en curso, aprobó, con el número 150/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a once de diciembre de dos mil uno.