Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 2000 (Tesis num. P./J. 14/2000 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-2000 (Controversia Constitucional))

Número de registro192322
Número de resoluciónP./J. 14/2000
Fecha de publicación01 Febrero 2000
Fecha01 Febrero 2000
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XI, Febrero de 2000; Pág. 511
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

De conformidad con los artículos 16, 67 y 72 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, los Municipios se dividen, para su administración interior, entre otras formas de organización social, en pueblos, y para el gobierno de éstos se integran las Juntas Auxiliares, cuyas facultades se sujetan a las determinaciones de los Ayuntamientos como órganos superiores de administración de los Municipios; por lo tanto, las Juntas Auxiliares al formar parte de la organización de los Municipios, y atento a sus facultades, no afectan la esfera de competencia de los Ayuntamientos ni obstaculizan en forma alguna la comunicación directa que debe haber entre el Gobierno del Estado y sus Municipios.

PRECEDENTES:

Controversia constitucional 4/98. Ayuntamiento del Municipio de Puebla, Puebla y otros del mismo Estado. 10 de febrero de 2000. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: M.A.G. y J. de J.G.P.. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: O.A.C.Q..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy diecisiete de febrero en curso, aprobó, con el número 14/2000, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diecisiete de febrero de dos mil.

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