Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 1999 (Tesis num. P./J. 2/99 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-1999 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro194619
Número de resoluciónP./J. 2/99
Fecha de publicación01 Febrero 1999
Fecha01 Febrero 1999
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; IX, Febrero de 1999; Pág. 287
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

El hecho de que la norma general impugnada haya iniciado su vigencia o se haya llevado a cabo el primer acto de aplicación de la misma antes de su publicación, resulta irrelevante para efectos del cómputo para la interposición de la acción de inconstitucionalidad, ya que conforme a los artículos 105, fracción II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 60 de la ley reglamentaria de las fracciones I y II del precepto constitucional citado, el plazo para promoverla es de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al en que la ley cuya invalidez se reclama fue publicada en el medio oficial correspondiente.

PRECEDENTES:

Acción de inconstitucionalidad 1/98. Diputados integrantes de la XLVII Legislatura del Congreso del Estado de Morelos. 20 de octubre de 1998. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.N.S.M.. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: J.A.G.Á..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintiocho de enero en curso, aprobó, con el número 2/1999, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de enero de mil novecientos noventa y nueve.

15 sentencias
1 artículos doctrinales
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    • México
    • Jurípolis Núm. 7, Enero 2008
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    ...Tratados de 23 de mayo de 1969 [34] Brague Camazano, Joaquín opus cit, p. 203 [35] Brague Camazano, Jorge opus cit, p.p 204-205 [36] Tesis P./J 2/99 Semanario de la Federación, 9 época, Tomo IX, Febrero 1999, p. 287 [37] Carpizo, Jorge “Nuevos estudios constitucionales”, 6º ed., UNAM, Méxic......

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