Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Enero de 1998 (Tesis num. P./J. 9/98 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-01-1998 (Controversia Constitucional))
Número de registro | 196923 |
Número de resolución | P./J. 9/98 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1998 |
Fecha | 01 Enero 1998 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; VII, Enero de 1998; Pág. 898 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Controversia Constitucional |
Materia | Constitucional |
Conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la improcedencia de la controversia constitucional que permita desechar de plano la demanda presentada, debe ser manifiesta e indudable; es decir, debe advertirse del escrito de demanda y de las pruebas que, en su caso, se hayan adjuntado, sin requerir otros elementos de juicio, de tal manera que no exista duda alguna en cuanto a la actualización de la causal invocada que evidencie en forma clara y fehaciente la improcedencia de la pretensión intentada, de tal forma que los actos posteriores del procedimiento no sean necesarios para configurarla en forma acabada y tampoco puedan, previsiblemente, desvirtuar su contenido.
PRECEDENTES:
Recurso de reclamación en la controversia constitucional 9/97. Ayuntamiento del Municipio de Champotón, Estado de C.. 11 de noviembre de 1997. Unanimidad de nueve votos. Impedimento legal: J.V.C. y C.. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: M.A.G.. Secretario: O.A.C.Q..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el trece de enero en curso, aprobó, con el número 9/1998, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a trece de enero de mil novecientos noventa y ocho.
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Ejecutoria num. 1/2010-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 108/2009 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-03-2012 (RECURSO DE RECLAMACIÓN)
...(No. Registro: 196,923, Jurisprudencia, Novena Época, Pleno, Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, VII, Enero de 1998, Tesis: P./J. 9/98, Página: En el presente caso, debemos partir de que sobre el conocimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, vía controversia consti......
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Ejecutoria num. 14/2017-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 13/2017 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-08-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN)
...su contenido". (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Pleno, jurisprudencia, tomo VII, enero de 1998, tesis: P./J. 9/98, página: 898, registro digital: "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. ALCANCE DE LA EXPRESIÓN 'MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA' PARA EL EFE......
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Ejecutoria num. 50/2014-CA, DERIVADO DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 97/2014 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-08-2016 (RECURSO DE RECLAMACIÓN)
...necesarios para configurarla ni tampoco podrían desvirtuar su contenido. 24. Sirve de apoyo al efecto la tesis de jurisprudencia número P./J. 9/98,(11) de rubro: "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. PARA EL DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA SU IMPROCEDENCIA DEBE SER MANIFIESTA E 25. Además, es important......
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Sentencia nº SUP-REP-332-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 27 de Mayo de 2015
...para configurarla en forma acabada y tampoco puedan, previsiblemente, desvirtuar su contenido. 2 Jurisprudencia identificada con la clave P./J. 9/98, número de registro 196923, Materia Constitucional, publicada en la página 898, Tomo VII, enero de 1998, del Semanario Judicial de la Federaci......