Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Diciembre de 1997 (Tesis num. P./J. 98/97 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-12-1997 (Contradicción de Tesis))

Número de registro197240
Número de resoluciónP./J. 98/97
Fecha de publicación01 Diciembre 1997
Fecha01 Diciembre 1997
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; VI, Diciembre de 1997; Pág. 22
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Dado el principio de unidad que rige el cumplimiento de las sentencias de amparo, cuando se trata específicamente de resoluciones de índole jurisdiccional que, por su propia naturaleza, implican la emisión de un solo fallo, éste no puede analizarse por el tribunal de amparo, estudiando en una misma resolución cuestiones relacionadas con lo que en el nuevo amparo se estima que es un exceso o defecto en el cumplimiento del fallo protector, y las que atañen a la violación de garantías que se alega, sino que tales planteamientos, por ser de índole diversa y en este caso excluyentes entre sí, obligan a que el tribunal que conoce del ulterior juicio de amparo resuelva éste por lo que atañe a los conceptos de violación que se relacionan con la transgresión de garantías derivada del nuevo acto que la autoridad responsable emitió en cumplimiento de la ejecutoria de amparo, en la que se le devolvió su propia jurisdicción y, en caso de que proceda el beneficio de la suplencia, se pronuncie respecto de las violaciones manifiestas que advierta de oficio; en tanto que, en lo referente a los argumentos relacionados con el exceso o defecto en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, debido a que no son materia de la litis constitucional del nuevo juicio de garantías que se promueva, sino de otro trámite diverso, deben estimarse inoperantes al ser jurídicamente imposible su estudio; sin que esto último ocasione el sobreseimiento del juicio promovido, ya que ello implicaría omitir, sin encontrar apoyo en precepto jurídico alguno, el análisis de las cuestiones constitucionales debatidas o de aquellas que, en su caso, derivaran de la suplencia de la queja.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 27/95. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 2 de septiembre de 1997. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: J.V.A.A. y S.S.A.A.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: L.I.R.G..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecisiete de noviembre en curso, aprobó, con el número 98/1997, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

45 sentencias
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 11-07-2007 (INCONFORMIDAD 193/2007)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 11 Julio 2007
    ...del Tomo VI, octubre de mil novecientos noventa y siete, Novena Época, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta y la tesis P./J. 98/97, consultable en página veintidós del Tomo VI, diciembre de mil novecientos noventa y siete, todas del Semanario Judicial de la Federación y su Ga......
  • Sentencia con número de expediente 209/2022. Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, 2022-06-15
    • México
    • Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito
    • 15 Junio 2022
    ...ya que el cumplimiento de aquélla sentencia está relacionado con otro trámite diverso. Es aplicable a lo anterior la jurisprudencia P./J. 98/97 emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,12 del rubro y texto “SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTO......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-11-2006 (INCONFORMIDAD 299/2006)
    • México
    • SEGUNDA SALA
    • 10 Noviembre 2006
    ...Es también aplicable al caso la tesis 2ª. CXIV/97, Novena Época, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta y la Tesis P./J. 98/97, consultable en página veintidós del Tomo VI, Diciembre de 1997, del Semanario aludido, que respectivamente dicen: ‘EJECUTORIA DE AMPARO. EL AUTO QUE D......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-05-2020 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 311/2020)
    • México
    • SEGUNDA SALA
    • 27 Mayo 2020
    ...Federación, Décima Época, septiembre de 2015, tomo I, página 344, número de registro: 2010016. 5 Sustentó sus consideraciones en las tesis P./J. 98/97 y 1a. LXVI/2017 (10a.), de rubros siguientes: “SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO. LOS CONCEPTOS DE VI......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
3 artículos doctrinales
  • Ley Federal de Responsabilidad es Administrativas de los Servidores Públicos. VIII-P-2aS-166
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-15, Octubre 2017
    • 1 Octubre 2017
    ...solo se analizarán cuestiones de ilegalidad relacionadas con ese nuevo acto, es decir, por vicios propios. Es aplicable la jurisprudencia P./J. 98/9724emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro y texto son los “SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN CUMPLIMIENTO ......
  • Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-P-2aS-493
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. VIII-38, Septiembre 2019
    • 1 Septiembre 2019
    ...Año VI. No. 68. Agosto 2006. p. 332. segunda sección 272 Revista Núm. 38, septiembRe 2019 Es aplicable, por analogía, la jurisprudencia P./J. 98/9718emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la “SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO. LOS CONC......
  • Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-SS-54
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. II-16 (Séptima Época), Noviembre 2012
    • 1 Noviembre 2012
    ...de la resolución impugnada, ejecuta u ordena otros actos no ordenados en dicha sentencia. Es aplicable, por analogía, la jurisprudencia P./J. 98/97 emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,9cuyo texto es el “SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUT......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR