Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 869 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Reiteración))

Número de registro395588
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún
EmisorPleno

La queja por exceso o defecto de ejecución de una sentencia de amparo, puede presentarse en cualquier tiempo.

Tomo XIV, pág. 1439. Queja. M. y T.. 7 de mayo de 1924. Unanimidad de 10 votos. En la publicación no se menciona el nombre del ponente.


Tomo XIV, pág. 1901. Queja. E. de B.M.. 14 de mayo de 1924. En la publicación no se consigna la votación ni el nombre del ponente.


Tomo XVIII, pág. 289. Queja. León F.R. de. 15 de febrero de 1926. Unanimidad de 9 votos. En la publicación no se menciona el nombre del ponente.


Tomo XVIII, pág. 1008. Queja. F.T.. 10 de mayo de 1926. Unanimidad de 9 votos. En la publicación no se menciona el nombre del ponente.


Tomo XVIII, pág. 1451. Queja. R.F. y D.. 1º de marzo de 1926. En la publicación no se consigna el nombre del ponente ni la votación.


NOTA: En los A. al Semanario Judicial de la Federación correspondientes a los Tomos de Quinta Epoca, la tesis aparece publicada con el rubro: "QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION". Asimismo, varía la redacción de la tesis, ya que no aparece: ..."de acuerdo con lo establecido por jurisprudencia de la Corte". En el último precedente en lo que se refiere al rubro del quejoso aparece publicado como R.F. y coag. en los diversos A. al Semanario Judicial de la Federación.

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