Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 1989 (Tesis num. P. 28. de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-1989 (Reiteración))

Número de registro820081
Número de resoluciónP. 28.
Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Localizador8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; 16-18, Abril-Junio de 1989; Pág. 39
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorPleno

Está prevista de manera expresa en el artículo 73, fracción XXIX, apartado segundo, de la Constitución General, la facultad de la Federación para imponer contribuciones sobre el aprovechamiento de los recursos naturales enumerados en el párrafo 5o. del artículo 27 constitucional, entre ellos, las aguas del subsuelo alumbradas artificialmente y ejercida claramente en la Ley Federal de Derechos, por lo que resulta irrelevante que los artículos 226 y 227 de la misma establezcan un "derecho" o un "impuesto", ya que lo cierto es que la facultad exclusiva de imponer una "contribución" (que es voz genérica) está expresamente prevista en el citado artículo constitucional. Además, es irrelevante el concepto que en la doctrina se haya dado tradicionalmente a la noción de "derecho", pues lo que realmente importa es que en el texto constitucional se encuentra prevista la posibilidad de que la Federación imponga la contribución relativa y "contribución" es la voz genérica de cualquier clase de tributo o gravamen y engloba tanto impuestos como derechos.

Amparo en revisión 224/85. Convertidores Textiles, S.A. 24 de junio de 1986. Mayoría de diecisiete votos de los señores ministros: L.C., Cueva Mantecón, C.T., A.G., C.L., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., G. de V., V.L., M.F., D.R., O.T. y P.d.R.R.; los señores ministros G.M. y S.O. votaron en contra. Impedido: M.O.S.. Ausente: Ministro de S.N.. Ponente: M.C.d.R.R.. Secretario: R.P.R..


Amparo en revisión 7179/83. Fábrica de Hielo El Polo, S.A. 13 de octubre de 1987. Unanimidad de quince votos de los señores ministros: de S.N., L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., V.L., S.O., D.R. y P.d.R.R. se aprobó la modificación de la recurrida y el sobreseimiento propuesto; y por mayoría de trece votos de los señores ministros: L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., V.L., D.R. y P.d.R.R. se resolvió negar el amparo en cuanto al artículo 22, fracción II de la Ley Federal de Derechos; y los señores ministros: de S.N. y S.O. votaron por la concesión del amparo a la quejosa respecto de dicha disposición legal. Ausentes: M.F., C.L., G. de V., S.T. y G.M.. Ponente: Ministro U.S.O.. Secretaria: M.M.N..


Amparo en revisión 2622/84. Textiles Guadalajara, S.A. 17 de marzo de 1988. Unanimidad de veinte votos de los señores ministros: de S.N., L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., C.L., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., G.M., V.L., M.F., S.T., C.G., D.R., S.O. y P.d.R.R., se aprobó el sobreseimiento; y la negativa del amparo por mayoría de diecisiete votos de los señores ministros: L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., C.L., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., V.L., M.F., S.T., C.G., D.R. y P.d.R.R.; los señores ministros: de S.N., G.M. y S.O. votaron por la concesión del amparo al quejoso. Ausente: Ministro G. de V.. Ponente: Ministra F.M.F.. Secretario: H.S.G..


Amparo en revisión 9526/84. C.E., S.A. de C.V. 26 de abril de 1988. Unanimidad de veinte votos de los señores ministros: de S.N., L.C., Cuevas Mantecón, A.G., C.L., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., G. de V., G.M., V.L., M.F., S.T., C.G., D.R., S.O. y P.d.R.R. se aprobó la firmeza del primer punto resolutivo de la sentencia recurrida, la modificación del segundo punto resolutivo de dicha sentencia, el sobreseimiento y el desistimiento; y por mayoría de dieciocho votos de los señores ministros: L.C., Cuevas Mantecón, A.G., C.L., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., G. de V., G.M., V.L., M.F., S.T., C.G., D.R. y P.d.R.R. se aprobó la negativa del amparo y los señores ministros: de S.N. y S.O. votaron en contra. Ausente: Alba Leyva. Ponente: Ministro M.A.G.. Secretaria: C.M.A..


Amparo directo en revisión 5286/86. Aditivos Mexicanos, S.A. 16 de junio de 1988. Mayoría de veinte votos de los señores ministros: L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., C.L., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., G. de V., G.M., V.L., M.F., S.T., C.G., D.R., S.O. y P.d.R.R. se aprobó el proyecto adicionado; y el señor ministro: de S.N. votó en contra. Ponente: Ministro J.D.R.. Secretario: C.R.S..


Texto de la tesis aprobado por el Tribunal en Pleno el dieciséis de mayo en curso, por unanimidad de veintiún votos de los señores ministros: de S.N., M.C., Alba Leyva, A.G., C.L., L.C., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., C.M.G., G.M., V.L., M.F., S.T., C.G., D.R., S.O. y P.d.R.R..

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