Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Octubre de 2008 (Tesis num. P./J. 107/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-10-2008 (Reiteración))

Número de registro168630
Número de resoluciónP./J. 107/2008
Fecha de publicación01 Octubre 2008
Fecha01 Octubre 2008
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVIII, Octubre de 2008; Pág. 47
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Administrativa

En términos de lo previsto en el artículo 72 de la Constitución General de la República, la publicación de una ley constituye la fase terminal del procedimiento de formación de leyes, el cual por su naturaleza es un acto complejo en el que intervienen diversos órganos constitucionales, como lo son el Poder Legislativo que las expide y el Poder Ejecutivo que las promulga y publica, de manera que las actuaciones de ambos poderes, en conjunto, son las que dan vigencia a un ordenamiento legal. En tal virtud, aunque la publicación de una ley federal corra a cargo del Ejecutivo Federal, no puede reputarse como un acto administrativo que se rija por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y, en consecuencia, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado no es inconstitucional por haber sido publicada en día sábado, ya que, todos los días son hábiles.

PRECEDENTES:

Amparo en revisión 220/2008. Alma R.S.R. y coagraviados. 19 de junio de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: M.B.L.R.. Secretarios: G.L. de la Vega Romero, S.V.Á.D., M.M.R.C., C.V.L., G.R.P. y L.V.P..

Amparo en revisión 218/2008. J.L.O.C. y coagraviados. 19 de junio de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretarios: G.L. de la Vega Romero, S.V.Á.D., M.M.R.C., C.V.L., G.R.P. y L.V.P..

Amparo en revisión 219/2008. J.d.C. de la Torre Mendoza y coagraviados. 19 de junio de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: J.R.C.D.. Secretarios: G.L. de la Vega Romero, S.V.Á.D., M.M.R.C., C.V.L., G.R.P. y L.V.P..

Amparo en revisión 221/2008. S.F.F. y coagraviados. 19 de junio de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: S.A.V.H.. Secretarios: G.L. de la Vega Romero, S.V.Á.D., M.M.R.C., C.V.L., G.R.P. y L.V.P..

Amparo en revisión 229/2008. R.C.B.S. y coagraviados. 19 de junio de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: J.N.S.M.. Secretarios: G.L. de la Vega Romero, S.V.Á.D., M.M.R.C., C.V.L., G.R.P. y L.V.P..

El Tribunal Pleno, el treinta de septiembre en curso, aprobó, con el número 107/2008, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a treinta de septiembre de dos mil ocho.

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