Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Abril de 2009 (Tesis num. P./J. 5/2009 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-04-2009 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 167500 |
Número de resolución | P./J. 5/2009 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2009 |
Fecha | 01 Abril 2009 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Abril de 2009; Pág. 1113 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Administrativa |
Del análisis de la contribución contenida en los artículos 2o.-A, fracción II, 7o., 8o., fracción I, inciso a), y sexto del decreto que reforma y adiciona la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, se advierte que tiene una naturaleza indirecta, porque la capacidad contributiva se manifiesta en forma aislada, ya que se evidencia a partir de la posibilidad de consumir tales combustibles, y es real pero tiene un grado de subjetivización, de devengo instantáneo y monofásico, porque grava una sola etapa del ciclo productivo, esto es, el consumo final o particular, no general, de un determinado bien que realiza una persona distinta al contribuyente.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 29/2008. Diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso de la Unión. 12 de mayo de 2008. Once votos. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretarios: I.F.R., M.A.S.M., M.E.H.F. y J.B.H..
El Tribunal Pleno, el veintiséis de marzo en curso, aprobó, con el número 5/2009, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiséis de marzo de dos mil nueve.
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