Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Septiembre de 2001 (Tesis num. P./J. 102/2001 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-2001 (Controversia Constitucional))

Número de registro188825
Número de resoluciónP./J. 102/2001
Fecha de publicación01 Septiembre 2001
Fecha01 Septiembre 2001
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XIV, Septiembre de 2001; Pág. 1023
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional

Aunque el mencionado acto fue expedido por el titular del Ejecutivo Federal con la denominación formal de "decreto" con fundamento en la fracción I del artículo 89 constitucional, reúne en realidad, desde el punto de vista material, las características propias de un reglamento, ya que no se limita a establecer una norma individual sobre una especie particular de la administración pública, como es propio del decreto administrativo, sino que refiriéndose a la aplicación de los husos horarios que corresponden a la República, establece normas generales para el inicio y la terminación del "horario de verano", con el propósito de que sea respetado por regiones, esto es, que reúne las características de generalidad, impersonalidad y abstracción que son propias del reglamento. Por tanto, si el acto de mérito tiene las características aludidas, es un reglamento, aunque no haya sido expedido, formalmente, con esta denominación.

PRECEDENTES:

Controversia constitucional 5/2001. Jefe de Gobierno del Distrito Federal. 4 de septiembre de 2001. Unanimidad de diez votos. Ausente: M.A.G.. Ponente: J.D.R.. Secretarios: P.A.N.M. y C. de J.M.S..

El Tribunal Pleno, en su sesión pública celebrada hoy cuatro de septiembre en curso, aprobó, con el número 102/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a cuatro de septiembre de dos mil uno.

6 sentencias

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