Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro357749
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Debe aceptarse la contrafianza que se proponga en el juicio de amparo, para dejar sin efecto la suspensión de un remate, reclamado en amparo directo, puesto que el juicio no queda sin materia, ya que la Suprema Corte de Justicia ha establecido jurisprudencia en el sentido de que los remates no consuman irreparablemente el acto reclamado, porque, desde luego, no puede admitirse a priori, que el adjudicatario adquiere de modo legal, cuando lo que se discute en el amparo como cuestión fundamental, es precisamente la legitimidad de la adquisición, alegando que es el resultado de un procedimiento inconstitucional y, además, no siendo los bienes raíces cosas fungibles, no es imposible restablecer la situación jurídica anterior a la violación de garantías y el postor en el remate no puede adquirir mayores derechos que los que tiene el propietario del predio rematado.

Queja 128/37. Y.M.. 19 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: R.C.S. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LI, página 648. Amparo 677/36. J.A.M. 26 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. R.: R.C.S.


Tomo XLIX, página 142. Queja en amparo civil 185/36. R. viuda de Arroyo Cabrera Rosario. 7 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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