Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro352388
MateriaCivil,Derecho Civil
EmisorPrimera Sala

Si el tercero perjudicado alega que la quejosa convino con él, en que se remataran los objetos que le habían entregado en prenda, dentro de un juicio mercantil que le promovió, en cobro de dinero, pero que al no haber alcanzado el valor de los mismos para cubrir íntegramente su crédito, la suspensión contra el nuevo requerimiento y consiguiente embargo, no procede, porque se está en el caso de ejecución del convenio relativo, que surte los mismos efectos legales de una sentencia ejecutoria, este agravio no es de admitirse, si el juicio de amparo relativo se promovió por el esposo legítimo de la quejosa, en su representación, precisamente contra los procedimientos emanados de tal convenio, alegándose que la citada señora no podía comparecer en juicio ni gravar o afectar sus bienes, por sí misma, sino mediante la representación legal de su esposo; por lo que para conservar la materia del juicio, si es procedente la suspensión de los actos reclamados, cuya ejecución es inminente, ya que sólo en la sentencia definitiva que en el propio juicio de garantías se llegue a pronunciar, podrá declararse si el convenio en cuestión fue o no legalmente válido, y la misma suerte que tal convenio siga, afectará los procedimientos relativos a su ejecución.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5789/41. G. de B.M.. 23 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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