Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro352358
MateriaCivil
EmisorPrimera Sala

La Primer Sala de la Suprema Corte, al interpretar el artículo 127 de la Ley de Amparo, ha sentado jurisprudencia en el sentido de que cuando el acto reclamado y suspendido, consiste en el lanzamiento del quejoso o en el remate de sus bienes inmuebles, es procedente la admisión de la contrafianza, porque de llevarse a cabo los actos reclamados, no queda sin materia el amparo.

Queja en amparo civil 457/41. V.A.. 20 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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