Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro345731
EmisorPrimera Sala
MateriaCivil

La jurisprudencia sustentada en el sentido de que tratándose de lanzamiento es procedente la admisión de la contrafianza, porque de ejecutarse el acto no queda sin materia el juicio de garantías, es aplicable en los casos en que el local del que puede ser lanzado el quejoso, lo tenga destinado a giro mercantil. (V. ejecutorias de trece de noviembre de mil novecientos treinta y nueve, veintiocho de octubre, veinticinco de noviembre y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro y diez de febrero de mil novecientos cuarenta y cinco, en las quejas 540/39, 551/43, 700 y 685/44 y 862/41, promovidas respectivamente, por G.H., A.G., F.A.R. e I.M.).

Queja en amparo civil 432/47. V.A.. 3 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LXXXVII, página 1516. Queja en amparo civil 689/45. V.L. viuda de M.. 18 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LXXXVI, página 849. Queja en amparo civil 504/45. T.S.. 29 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.O. Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XC, página 917.

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