Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro313069
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Fiscal
EmisorPrimera Sala

Aun cuando es verdad que esta Suprema Corte ha sostenido la tesis de que no pueden ser independientes los procedimientos judiciales y administrativos cuando se trata de delitos fiscales, puesto que los derechos y penas pecuniarias que de los mismos se derivan, no pueden ser cobrados por la autoridad administrativa, cuando la judicial no hubiere declarado previamente la existencia del delito, también lo es que por disposición expresa de la Ley Aduanal de 1o. de enero de 1930, los Jueces y tribunales que conozcan de los procesos por contrabando y demás infracciones de la Ley Aduanal, deben respetar escrupulosamente las declaraciones administrativas respecto a derechos aduanales, por ser éstos independientes de la sentencia que recaiga en el proceso, la que no puede ocuparse de tales derechos para modificarlos o revocarlos.

Amparo penal en revisión 4721/32. P.A.. 16 de enero de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: S.U.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR