Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro312933
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El término medio de la pena que corresponde imponer a un procesado, en Jalisco, por los delitos de falsificación de documentos y fraude, en el concepto de que los documentos que se dicen falsificados y de que el fraude asciende a la cantidad de seiscientos cinco pesos, es el de cinco años de prisión, si se tiene en cuenta que conforme al Código Penal respectivo, sumando el término medio de las penas que deben aplicarse por los dos delitos, dan exactamente los referidos cinco años, resultando así, que si no excede del límite que marca el artículo 20, fracción I, de la Constitución, la pena que debe imponerse al procesado, procede otorgarle la libertad bajo caución, y en consecuencia, si se niega dicha libertad, es fundada la queja que por ese concepto se formule.

Queja en amparo penal 22/34. M.A.. 28 de mayo de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: E.O.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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