Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro312739
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Aun cuando aparezca en un proceso que se instruye por el delito de lesiones, que los médicos legistas, al hacer la clasificación probable de éstas, manifestaron que curarían antes de quince días, posteriormente, al hacer la clasificación definitiva, exponen, que dichas lesiones sanaron después de ese tiempo, sin que el proceso registre dato alguno en contrario, no es de admitirse la alegación relativa a que se prolongó la curación, debido a la impericia de la persona que atendió al lesionado y a causas atribuidas a éste, si tales imputaciones no están comprobadas.

Amparo penal directo 11948/32. L.E.I.. 18 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: E.O.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR