Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro311505
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si la sentencia condenatoria es recurrida por el acusado, y su defensor se concreta a adherirse al recurso, debe reputarse como apelante al primero; por tanto, el traslado que se mande correr del proceso, al recibirse en la sala de apelación, para el fin de expresar agravios, debe ser al acusado y no al defensor, y si se obra en contrario, y se declara sin materia el recurso, por no haber expresado agravios el defensor, la resolución es violatoria de garantías.

Amparo penal en revisión 2401/36. C.F.. 25 de julio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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