Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro311426
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

Si el auto de formal prisión se dicta por el delito de estafa, comprendido en los artículos 1151, 1154 y 1120 del Código Penal de 1929, que se refieren a la venta que haga una persona, de una cosa, sea mueble o raíz, a dos individuos diversos y reciba de ambos el precio o parte de él, y el Ministerio Público formula conclusiones por el delito de estafa, consistente en que para hacerse de una cantidad de dinero, logró el acusado que se le entregara por medio de maquinaciones y engaños, alcanzando un lucro indebido, en los términos de los artículos 414 y 415 del Código Penal de 1871, y la sala de apelación analiza el caso de la doble venta, como se hizo en el auto de formal prisión, y condena por el delito de estafa, de acuerdo con la fracción VII del artículo 386 del Código Penal, vigente en el Distrito Federal, que estimó más favorable al reo; claro es que se falló por el delito señalado en el auto de formal prisión; pero como el Ministerio Público formuló acusación por una infracción cuyas características son radicalmente diferentes de los hechos que sirvieron de base a la prisión preventiva, falta, en realidad, la acusación del Ministerio Público, y la sentencia de segunda instancia es incongruente con las premisas de que partió el Ministerio Público, contraviniendo así el artículo 19 constitucional, porque el proceso no se siguió en todos sus aspectos, uno de los cuales lo constituye la acusación, por el delito señalado en el auto de formal prisión preventiva; y debe concederse el amparo, tanto respecto a la privación de la libertad, como en lo relativo a la reparación del daño, que es pena pública, sin que ello afecte la responsabilidad civil que pudiera reclamarse por virtud de hechos ejecutados en perjuicio del ofendido.

Amparo penal directo 1912/34. C.R.A.. 18 de noviembre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR