Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro310819
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorPrimera Sala

De acuerdo con los artículo 574 y 575 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicables supletoriamente, y conforme al artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Ley de Amparo, si la parte actora en el incidente sobre reclamación de daños y perjuicios causados con motivo de la suspensión, no procedió con temeridad y mala fe, no debe ser condenada en las costas del incidente.

Queja en amparo civil 117/37. G.O.C.. 20 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: R.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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